Todos los colombianos tienen derecho a vivienda digna. El Estado fijará las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho y promoverá planes de vivienda de interés social, sistemas adecuados de financiación a largo plazo y formas asociativas de ejecución de estos programas de vivienda.Documentation Index
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Capítulo 2 - De Los Derechos Sociales, Económicos Y Culturales
Artículo 51
Artículo 51 de la Constitución Política de Colombia
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