- Su localización deberá contribuir a la configuración de puntos de referencia y de encuentro en el espacio público.
- El diseño de monumentos deberá potenciar acciones de resignificación y representatividad cultural de mujeres y distintas comunidades, desde un enfoque inclusivo y diverso que potencie la apropiación del patrimonio colectivo.
- La iluminación de estos elementos debe contribuir a resaltar sus valores estéticos y a permitir su disfrute en horarios nocturnos.
- Deberá contar con la señalización que proporcione información a la ciudadanía sobre la obra.
- La intervención de los monumentos conmemorativos y objetos artísticos del ámbito distrital en espacio público se supedita a lo definido por la entidad encargada de su administración y mantenimiento.